Connect with us

SEGUNDA DIVISIÓN

Mejillones pierde la categoría y Colchagua se queda en el fútbol profesional

Si bien la resolución no ha sido oficializada por el Tribunal de Penalidades de la ANFP, el presidente del club nortino confirmó la sentencia, la cual no puede ser apelable.

Luego de esperar varias semanas por la pronunciación de ANFP con respecto a la denuncia de Colchagua, finalmente se supo esta semana que habrá una dura sanción para los del Megapuerto: pérdida de los tres puntos en disputa (ganados por el local) y dos fechas de suspensión para su entrenador, Jaime Carreño, a quien se lo acusó de dirigir en tribuna mientras que cumplía una fecha de sanción.

Esto implica el próximo descenso de Mejillones a Tercera División, categoría donde debe esperar hasta el próximo año para su respectiva postulación. Queda en la misma situación que Ovalle y Linares, los otros equipos descendidos por diversos motivos.

Fue el presidente mejillonino, Manuel Ibacache, quien señaló a soyantofagasta.cl lo siguiente: “Son muy malas noticias para la comunidad y para el proyecto de Municipal Mejillones. Acá claramente hay malas intenciones de otros clubes que no quiere que nosotros estemos en el campeonato, porque no les sale a cuenta”.

Además, varios jugadores de Mejillones manifestaron en redes sociales su repudio por este castigo en primera instancia, lo que desde ya significa que pierden sus puestos de trabajo como futbolistas profesionales.

La denuncia de Colchagua incluyó un video donde se ve a Carreño haciendo gestos al equipo, lo que se interpretó como una forma de dirección técnica. Otro punto es que un integrante del cuerpo técnico de Melipilla aseguró que el entrenador castigado ingresó a camarines, algo que es negado de forma tajante por la parte acusada.

De hecho, los dirigentes de Mejillones se defienden diciendo que a Jaime Carreño se lo finiquitó días antes del encuentro ante los “Potros”, por lo que no correspondería una sanción de esta magnitud. Además, Manuel Ibacache anunció que agotarán todas las instancias para apelar a esta resolución.

Sin embargo, el artículo 49 del código de procedimiento y penalidades del Tribunal indican lo contrario. En detalle, señala que “no son apelables las sanciones que se impongan por desacato y las multas a los Clubes con ocasión de atraso en el ingreso del equipo al terreno de juego, y las demás que se señalen como inapelables en el Reglamento y Bases”. Por lo tanto, se considera como desacato la acción de Jaime Carreño y el club está condenado al amateurismo por esta situación.

 

Foto: anfp.cl

Advertisement